lunes, 29 de enero de 2024

CIRCULAR GENERAL Política CERO PAPEL

 

CIRCULAR GENERAL

Para : TODO EL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y ASISTENCIAL DE PLANTA, EN MISIÓN, CONTRATO Y PRÁCTICA A TRAVÉS DE CONVENIO DOCENCIA SERVICIO

DE : Rectoría

Asunto : ADOPCIÓN DE ESTRATEGIAS CERO

FECHA : Febrero 21 de 2023

Teniendo en cuenta la Directiva Presidencial No. 04 sobre "Eficiencia Administrativa y Lineamientos de la Política CERO PAPEL en la Administración Pública", con el objetivo de avanzar en la política de eficiencia administrativa; la institución educativa Mariano Melendro viene adelantando una serie de estrategias articuladas a su misión en el componente de medio ambiente y de la estrategia cero, las cuales se relacionan a continuación y son de estricta aplicación y cumplimiento por parte de todos los servicios administrativos y asistenciales:

· -Elaborar documentos con tamaño de fuente o letra a 11 puntos, y los que requieren impresión a una interlínea.

· -Revisar y corregir borradores de documentos en sistemas electrónicos antes de imprimir la versión final

· -Usar las dos caras del papel al imprimir y/o fotocopiar.

· -Usar el correo electrónico y la red local para enviar y recibir de documentos

· -Tramitar todas las comunicaciones institucionales formales a través del sistema de comunicación institucional Gestión Documental ORFEO y lo que necesite ser conocido por otra área, enviarlo a través de la opción de INFORMADO que brinda el aplicativo.

· -Disminuir al máximo la impresión y fotocopiado de documentos.

· -Hacer uso adecuado de impresora multifuncionales para el escaneo de documentos y la eliminación de copias.

· -Clasificar el papel de eliminación en cajas separadas así: 1. Papel de fax y químico, 2. Papel de reúso y 3. Papel de reciclaje. El papel de reúso utilizarlo para imprimir documentos, excepto los académicos o aquellos vayan al archivo histórico.

· -Recordar que la norma de supresión de trámites, Decreto 19 de 2012, establece que por economía en las actuaciones administrativas, no se deben exigir más documentos y copias que los estrictamente necesarios; de igual forma, está prohibido exigir documentos que reposan en la entidad.

· -Imprimir únicamente los documentos que requieran evidencia de firmas

· -Estandarizar los formatos a imprimir de acuerdo a su tamaño en media carta, carta u oficio.

· -Aplicar estrictamente las Tablas de Retención Documental, las cuales ayudan a controlar la producción y trámite documental y así evitar duplicidad en la misma. De igual forma, permiten la racionalización de los procesos administrativos por cuanto permiten el manejo integral de los documentos.

Se solicita a cada una de las áreas, oficinas o dependencias de la institución, implementar estas y otras estrategias que contribuyan a la reducción del consumo y uso de papel.

Cordialmente,



JHOBANA ARIAS CUBILLOS

Rectora


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TEXTO DE OPINIÓN
Gobierno unifica el código de colores para la separación de residuos en la fuente a nivel nacional

Gobierno unifica el código de colores para la separación de residuos en la fuente a nivel nacional.

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en conjunto con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, mediante Resolución, establecieron un código de colores unificado para la separación de residuos en la fuente, que deberá adoptarse en todo el territorio nacional a partir del primero de enero de 2021. ● Los colores para la presentación de residuos sólidos en bolsas u otros recipientes, serán verde (residuos orgánicos aprovechables), blanco (residuos aprovechables) y negro (residuos no aprovechables). ● Mediante la resolución se adopta, además, el ‘Formato Único Nacional para la Presentación del Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas’. Bogotá, 27 de diciembre 2019. MADS - Con el objetivo de fomentar la cultura ciudadana en materia de separación de residuos a lo largo y ancho del país, y teniendo en cuenta las experiencias y avances de algunas ciudades del país como Bogotá, Bucaramanga o Pereira, Minambiente expidió la Resolución No. 2184 de 2019, mediante la cual empezará a regir en el 2021, el código de colores blanco, negro y verde para la separación de residuos en la fuente, de la siguiente manera: Color blanco: Para depositar los residuos aprovechables como plástico, vidrio, metales, papel y cartón. Color negro: Para depositar residuos no aprovechables como el papel higiénico; servilletas, papeles y cartones contaminados con comida; papeles metalizados, entre otros. Color verde: Para depositar residuos orgánicos aprovechables como los restos de comida, desechos agrícolas etc. Este código de colores deberá ser adoptado por los municipios o distritos que adelanten programas de aprovechamiento conforme a sus Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS) y permitirá simplificar la separación en la fuente en los hogares, preparando al país para el desarrollo e implementación de nuevos esquemas de aprovechamiento, en dónde se unifiquen los esfuerzos entre todos los actores de la cadena. “Esta disposición se enmarca dentro de la Estrategia Nacional de Economía Circular establecida en el Plan Nacional de Desarrollo, que como lo ha dicho el Presidente Duque tiene que trascender de lo enunciativo a lo real, involucrando a todos los sectores productivos, para lograr, desde el punto de vista operacional, producir conservando y conservar produciendo. Asimismo, contribuye a sembrar en todas las escalas de producción del país las llamadas ‘9R’, dentro de las que se encuentran; reducir, reciclar y reutilizar, en dónde la separación adecuada de los residuos juega justamente un papel importante”, afirmó el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible Ricardo Lozano. ‘Formato Único Nacional para la Presentación del Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas’ La Resolución 2148 de 2019, establece, además, el Formato Único Nacional para la Presentación del Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas y del informe de avance, con el fin de garantizar la presentación homogénea de la información por parte de los distribuidores de bolsas plásticas en el país, como los almacenes de cadena, grandes superficies comerciales, supermercados de cadena, entre otros. Así mismo, para facilitar la consolidación y análisis de los datos por parte de las autoridades ambientales competentes. Cabe resaltar que el Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, es un instrumento de gestión reglamentado mediante la Resolución 0668 del 28 de abril de 2016, que deben formular e implementar los grandes distribuidores de bolsas plásticas, y el cual busca sensibilizar a los sectores comerciales y al consumidor final de estas bolsas, sobre la necesidad de racionalizar su uso y minimizar al máximo la utilización de las que no son reutilizables o de un solo uso. Sumado a lo anterior, la nueva resolución adiciona una obligación para la presentación del reporte anual por parte de los distribuidores que no están obligados a presentar el Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, los cuales, a partir de ahora, además de informar la cantidad de bolsas vendidas en los puntos de pago, tendrán que realizar el cálculo del porcentaje anual de reducción de bolsas vendidas respecto al año base (2015 o 2016, dependiendo del inicio de operación de actividades comerciales). .

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