lunes, 29 de enero de 2024

PLAN ANTICORRUPCIÓN ANTICORRUPCIÓN PARA EL AÑO 2024

 


RESOLUCIÓN No 100.24.06  (ENERO 30 DE 2024)  POR  MEDIO DEL CUAL SE ADOPTA EL PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE  ATENCIÓN  AL CIUDADANO PARA  EL AÑO 2024           

  LA  RECTORA  DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA AGROPECUARIA MARIANO MELENDRO  

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere la Ley 115 de 1994, la Ley 715 del 2001  y el Decreto 4791 del 2008, modificado por el Decreto 4807 de 2011,  y CONSIDERANDO:  

Que  la función administrativa debe ceñirse a los postulados de la moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, de conformidad al artículo 209 de la Constitución política y la Ley.  

Que  el Decreto 2482 de 2012 establece los lineamientos generales para  la adopción del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, que articula el quehacer de la entidad, mediante  los   lineamientos de cinco políticas de desarrollo administrativo, dentro  de las cuales se encuentra la política  de Transparencia, Participación y servicio al ciudadano que  incluye el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano.  

Que, en aras de fortalecer el trabajo institucional y de dar un marco de referencia para LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA AGROPECUARIA MARIANO MELENDRO, ha querido, además de cumplir con los requerimientos de la Ley 1474 de 2011, establecer un marco direccionado del que hacer público, definiendo las directrices y los mecanismos básicos para la realización de una administración clara, “Transparente”, de cara a la comunidad y de conformidad al marco legal aplicable a la gestión pública.  

Que el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, se construye con el fin de prevenir los riesgos que se pueden presentar en el desarrollo de cada uno de los procesos institucionales, definidos y contenidos en el Proyecto Educativo Institucional.  Y por lo anteriormente expuesto,  

RESUELVE:       

ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar el PLAN ANTICORRUPCIÓN  DE  ATENCIÓN AL CIUDADANO VIGENCIA 2024, para la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA AGROPECUARIA MARIANO MELENDRO, ubicada en el Municipio de Ibagué – Tolima, el cual hace parte integral del presente Acto Administrativo.  

PARÁGRAFO.  El  Plan aprobado en este artículo estará integrado por los  siguientes componentes:  MAPA DE RIESGOS DE CORRUPCIÓN I. GESTIÓN DEL RIESGOS DE CORUPCION II. RACIONALIZACIÓN DE TRÁMITES III. RENDICIÓN DE CUENTAS IV. MECANISMOS PARA MEJORAR LA ATENCIÓN AL CIUDADANO V. MECANISMOS PARA LA TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN VI.        INICIATIVAS ADICIONALES  

ARTÍCULO SEGUNDO: El seguimiento a las estrategias, acciones y mecanismos establecidos en el plan anticorrupción y atención al ciudadano estará a cargo de la Rectora y Coordinadores.  

ARTÍCULO TERCERO: De existir ajustes al Plan, los mismos se actualizarán y publicarán en la  Cartelera Institucional de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA AGROPECUARIA MARIANO MELENDRO, para la  accesibilidad al ciudadano.  ARTÍCULO CUARTO. La Presente Resolución rige a partir de su expedición  

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE  

Dada en Ibagué, a los 30 días del mes de Enero de 2024     

JHOBANA ARIAS CUBILLOS 

Rectora 

 Proyectó/: Astrid Ruiz Pinzón


a. Resolución de adopción de plan anticorrupción

b. Plan anticorrupción Mariano Melendro 2024


C. Avances al 30 de abril Plan anticorrupción Mariano Melendro 2024

d. Avances al 31 de agosto Plan anticorrupción Mariano Melendro 2024

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TEXTO DE OPINIÓN
Gobierno unifica el código de colores para la separación de residuos en la fuente a nivel nacional

Gobierno unifica el código de colores para la separación de residuos en la fuente a nivel nacional.

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en conjunto con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, mediante Resolución, establecieron un código de colores unificado para la separación de residuos en la fuente, que deberá adoptarse en todo el territorio nacional a partir del primero de enero de 2021. ● Los colores para la presentación de residuos sólidos en bolsas u otros recipientes, serán verde (residuos orgánicos aprovechables), blanco (residuos aprovechables) y negro (residuos no aprovechables). ● Mediante la resolución se adopta, además, el ‘Formato Único Nacional para la Presentación del Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas’. Bogotá, 27 de diciembre 2019. MADS - Con el objetivo de fomentar la cultura ciudadana en materia de separación de residuos a lo largo y ancho del país, y teniendo en cuenta las experiencias y avances de algunas ciudades del país como Bogotá, Bucaramanga o Pereira, Minambiente expidió la Resolución No. 2184 de 2019, mediante la cual empezará a regir en el 2021, el código de colores blanco, negro y verde para la separación de residuos en la fuente, de la siguiente manera: Color blanco: Para depositar los residuos aprovechables como plástico, vidrio, metales, papel y cartón. Color negro: Para depositar residuos no aprovechables como el papel higiénico; servilletas, papeles y cartones contaminados con comida; papeles metalizados, entre otros. Color verde: Para depositar residuos orgánicos aprovechables como los restos de comida, desechos agrícolas etc. Este código de colores deberá ser adoptado por los municipios o distritos que adelanten programas de aprovechamiento conforme a sus Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS) y permitirá simplificar la separación en la fuente en los hogares, preparando al país para el desarrollo e implementación de nuevos esquemas de aprovechamiento, en dónde se unifiquen los esfuerzos entre todos los actores de la cadena. “Esta disposición se enmarca dentro de la Estrategia Nacional de Economía Circular establecida en el Plan Nacional de Desarrollo, que como lo ha dicho el Presidente Duque tiene que trascender de lo enunciativo a lo real, involucrando a todos los sectores productivos, para lograr, desde el punto de vista operacional, producir conservando y conservar produciendo. Asimismo, contribuye a sembrar en todas las escalas de producción del país las llamadas ‘9R’, dentro de las que se encuentran; reducir, reciclar y reutilizar, en dónde la separación adecuada de los residuos juega justamente un papel importante”, afirmó el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible Ricardo Lozano. ‘Formato Único Nacional para la Presentación del Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas’ La Resolución 2148 de 2019, establece, además, el Formato Único Nacional para la Presentación del Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas y del informe de avance, con el fin de garantizar la presentación homogénea de la información por parte de los distribuidores de bolsas plásticas en el país, como los almacenes de cadena, grandes superficies comerciales, supermercados de cadena, entre otros. Así mismo, para facilitar la consolidación y análisis de los datos por parte de las autoridades ambientales competentes. Cabe resaltar que el Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, es un instrumento de gestión reglamentado mediante la Resolución 0668 del 28 de abril de 2016, que deben formular e implementar los grandes distribuidores de bolsas plásticas, y el cual busca sensibilizar a los sectores comerciales y al consumidor final de estas bolsas, sobre la necesidad de racionalizar su uso y minimizar al máximo la utilización de las que no son reutilizables o de un solo uso. Sumado a lo anterior, la nueva resolución adiciona una obligación para la presentación del reporte anual por parte de los distribuidores que no están obligados a presentar el Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, los cuales, a partir de ahora, además de informar la cantidad de bolsas vendidas en los puntos de pago, tendrán que realizar el cálculo del porcentaje anual de reducción de bolsas vendidas respecto al año base (2015 o 2016, dependiendo del inicio de operación de actividades comerciales). .

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