lunes, 12 de febrero de 2024

INVITACIÓN PÚBLICA No. 03 - INSUMOS AGROPECUARIOS

 INVITACIÓN PÚBLICA No 03

Febrero 12 de 2024


PROCESO DE SELECCIÓN CUYO VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL NO EXCEDE LOS 20 SALARIOS MINIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA INSTITUCIÓN  EDUCATIVA TÉCNICA AGROPECUARIA MARIANO MELENDRO ACUERDO  No 011 de 28-09-2020 

1.    OBJETO DEL CONTRATO:

  Compra de alimento, insumos agrícolas  para el sostenimiento de los animales de la granja para la Institución educativa Técnica Agropecuaria Mariano Melendro. 

 1.1 CÓDIGO DE CLASIFICACIÓN EN EL SITEMA:

ALIMENTO AVÍCOLA

10121604

ALIMENTO PARA POLLOS

10122104

PRODUCTOS DE VETERINARIA

7012207

SOSTENIMIENTO DE LA GRANJA

10101500


 2. PLAZO

El plazo de ejecución del contrato será de ciento tres (3) días calendario a partir de la suscripción del acta de iniciación. 

 3. PRESUPUESTO OFICIAL Y DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL. El presupuesto total para la ejecución del contrato es hasta la suma de diez millones seiscientos ochenta  y ocho mil trescientos sesenta y dos pesos ($10.688.362 ) mcte monto que incluye retenciones, impuestos, tasas, contribuciones y todo costo directo e indirecto que la ejecución conlleve. Para atender el presente compromiso. Se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal:  Disponibilidad No.2024000004 expedido por el pagador auxiliar administrativo grado 08 y aprobado por el rector, afectando rubro Sostenimiento de semovientes y proyectos pedagógicos productivo Recursos del balance Manuel Mejía $ $10.658.362 

 4. FORMA DE PAGO:

Se ejecutara en pagos parciales     Requisito para el pago: El contratista debe presentar en la oficina de Pagaduría: -Factura o Documento equivalente a la factura.  -Se debe presentar un informe de actividades dirigido al Rector y/o al supervisor   planilla y recibo de pago de aportes al sistema de seguridad social donde se verifique el cumplimiento de los mismos durante el periodo de ejecución del contrato. (Factura: Original en contrato, Copia Comprobantes de pago) -Supervisor presenta acta de recibo verificación de cumplimiento de  la  obligación  -Una vez cumplido los requisitos para efectuar el pago se efectuará  el giro presupuestal de gastos   aplicando  los descuentos a que haya lugar. Este documento se elabora  con dos copias para la carpeta del contrato y los consecutivos pagos en tesorería. En todo caso para el pago total, se requiere la aprobación por parte del Supervisor y acreditación del cumplimiento de las  obligaciones contractuales y  del pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral. 

 Análisis del sector Y Estudios Previos

Resolución de Apertura

    Invitación Pública

 Disponibilidad

 Acta de Cierre

 Evaluación  De Requisitos

 Resolución de Adjudicación



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TEXTO DE OPINIÓN
Gobierno unifica el código de colores para la separación de residuos en la fuente a nivel nacional

Gobierno unifica el código de colores para la separación de residuos en la fuente a nivel nacional.

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en conjunto con el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, mediante Resolución, establecieron un código de colores unificado para la separación de residuos en la fuente, que deberá adoptarse en todo el territorio nacional a partir del primero de enero de 2021. ● Los colores para la presentación de residuos sólidos en bolsas u otros recipientes, serán verde (residuos orgánicos aprovechables), blanco (residuos aprovechables) y negro (residuos no aprovechables). ● Mediante la resolución se adopta, además, el ‘Formato Único Nacional para la Presentación del Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas’. Bogotá, 27 de diciembre 2019. MADS - Con el objetivo de fomentar la cultura ciudadana en materia de separación de residuos a lo largo y ancho del país, y teniendo en cuenta las experiencias y avances de algunas ciudades del país como Bogotá, Bucaramanga o Pereira, Minambiente expidió la Resolución No. 2184 de 2019, mediante la cual empezará a regir en el 2021, el código de colores blanco, negro y verde para la separación de residuos en la fuente, de la siguiente manera: Color blanco: Para depositar los residuos aprovechables como plástico, vidrio, metales, papel y cartón. Color negro: Para depositar residuos no aprovechables como el papel higiénico; servilletas, papeles y cartones contaminados con comida; papeles metalizados, entre otros. Color verde: Para depositar residuos orgánicos aprovechables como los restos de comida, desechos agrícolas etc. Este código de colores deberá ser adoptado por los municipios o distritos que adelanten programas de aprovechamiento conforme a sus Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS) y permitirá simplificar la separación en la fuente en los hogares, preparando al país para el desarrollo e implementación de nuevos esquemas de aprovechamiento, en dónde se unifiquen los esfuerzos entre todos los actores de la cadena. “Esta disposición se enmarca dentro de la Estrategia Nacional de Economía Circular establecida en el Plan Nacional de Desarrollo, que como lo ha dicho el Presidente Duque tiene que trascender de lo enunciativo a lo real, involucrando a todos los sectores productivos, para lograr, desde el punto de vista operacional, producir conservando y conservar produciendo. Asimismo, contribuye a sembrar en todas las escalas de producción del país las llamadas ‘9R’, dentro de las que se encuentran; reducir, reciclar y reutilizar, en dónde la separación adecuada de los residuos juega justamente un papel importante”, afirmó el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible Ricardo Lozano. ‘Formato Único Nacional para la Presentación del Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas’ La Resolución 2148 de 2019, establece, además, el Formato Único Nacional para la Presentación del Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas y del informe de avance, con el fin de garantizar la presentación homogénea de la información por parte de los distribuidores de bolsas plásticas en el país, como los almacenes de cadena, grandes superficies comerciales, supermercados de cadena, entre otros. Así mismo, para facilitar la consolidación y análisis de los datos por parte de las autoridades ambientales competentes. Cabe resaltar que el Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, es un instrumento de gestión reglamentado mediante la Resolución 0668 del 28 de abril de 2016, que deben formular e implementar los grandes distribuidores de bolsas plásticas, y el cual busca sensibilizar a los sectores comerciales y al consumidor final de estas bolsas, sobre la necesidad de racionalizar su uso y minimizar al máximo la utilización de las que no son reutilizables o de un solo uso. Sumado a lo anterior, la nueva resolución adiciona una obligación para la presentación del reporte anual por parte de los distribuidores que no están obligados a presentar el Programa de Uso Racional de Bolsas Plásticas, los cuales, a partir de ahora, además de informar la cantidad de bolsas vendidas en los puntos de pago, tendrán que realizar el cálculo del porcentaje anual de reducción de bolsas vendidas respecto al año base (2015 o 2016, dependiendo del inicio de operación de actividades comerciales). .

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